sábado, 20 de agosto de 2016

Concepto contratación pública y diferencia con la contratación privada.



La Contratación Estatal se encuentra regulada por el Estatuto General de la Contratación Estatal - Ley 80 de 1993 - el cual se encuentra reglamentado y complementado por la Ley 1150 de 2007, las Leyes 1437 y 1474 de 2011 y los Decretos 19 y 734 de 2012. Es importante resaltar que, desde la elaboración de los documentos que contienen las condiciones que exige el Estado a los proponentes hasta la liquidación de un contrato celebrado con el Estado, no son simples reglas las que desarrollan todo lo relacionado con la contratación estatal, sino que se encuentran revestidas de importantes principios que irradian todo el régimen.​
Se denominan entidades estatales:
a) La Nación, las regiones, los departamentos, las provincias, el Distrito Capital y los distritos especiales, las áreas metropolitanas, las asociaciones de municipios, los territorios indígenas y los municipios; los establecimientos públicos, las empresas industriales y comerciales del Estado, las sociedades de economía mixta en las que el Estado tenga participación superior al cincuenta por ciento (50%), así como las entidades descentralizadas indirectas y las demás personas jurídicas en las que exista dicha participación pública mayoritaria, cualquiera sea la denominación que ellas adopten, en todos los órdenes y niveles.
b) El Senado de la República, la Cámara de Representantes, el Consejo Superior de la Judicatura, la Fiscalía General de la Nación, la Contraloría General de la República, las contralorías departamentales, distritales y municipales, la Procuraduría General de la Nación, la Registraduría Nacional del Estado Civil, los ministerios, los departamentos administrativos, las superintendencias, las unidades administrativas especiales y, en general, los organismos o dependencias del Estado a los que la ley otorgue capacidad para celebrar contratos.

A diferencia de la contratación privada en donde la contratación se hace de forma directa y privada en la contratación pública se está obligado a contratar mediante una licitación pública y estar registrados en el Registro Único de Proponente (RUP) 



Principios de la contratación pública


Las actuaciones de quienes intervengan en la contratación estatal se desarrollarán con arreglo a los principios de transparencia, economía y responsabilidad y de conformidad con los postulados que rigen la función administrativa. Igualmente, se aplicarán en las mismas las normas que regulan la conducta de los servidores públicos, las reglas de interpretación de la contratación, los principios generales del derecho y los particulares del derecho administrativo
Debe estar regida por los siguientes principios
Principio de publicidad o transparencia
Principio de economía
Principio de responsabilidad
Principio de igualdad
Principio de moralidad
Principio de eficacia
Principio de celeridad
Principio de imparcialidad
Principio de buena fe
Principio de legalidad




Inhabilidad.

Las inhabilidades son de orden Constitucional y legal, ellas implican: incapacidad, ineptitud o impedimento para el desempeño de un empleo, imposibilitan el ejercicio de las funciones.
El régimen de inhabilidades para contratar con el Estado, es entendido como el sistema de valores, principios y normas que, en aras de proteger la moralidad administrativa, la transparencia de la función administrativa, el buen nombre de la administración y garantizar la idoneidad, probidad, imparcialidad y eficacia de las actividades estatales.



Incompatibilidad

Las incompatibilidades se refieren a la exclusión natural, legal o reglamentaria de una cosa a causa de otra, esa contradicción, antagonismo, cohabitación o convivencia imposible; en materia laboral se traduce en la incapacidad para ejercer un cargo, en el impedimento, prohibición o tacha legal para desempeñar al mismo tiempo dos empleos o funciones, la imposible simultaneidad para ostentar al tiempo dos calidades, o un cargo directivo y una participación en ciertas sociedades, la intervención en determinados asuntos, la gestión de asuntos ante determinados entes, la elección no permitida por la ley, la participación en subastas bajo la dependencia del mismo sujeto, la interdicción de funciones entre otras.


Conflicto de intereses

Toda situación o evento en que los intereses personales, directos o indirectos, de los servidores de la entidad, se encuentren en oposición con los de la entidad interfieran con los deberes que le competen a ella, o lo lleven a actuar en su desempeño por motivaciones diferentes al recto y real cumplimiento de sus responsabilidades.




Etapas de un proceso de Contratación en las entidades del Estado.

ETAPA PREVIA: es el período en el cual la entidad estatal manifiesta su intención de desarrollar un proceso de selección que derivará en la celebración de uno o más contratos para cumplir con alguna finalidad estatal
PRE CONTRACTUAL: La etapa pre contractual, inicia con la elaboración del estudio previo y termina con la adjudicación del proceso de contratación.
Dentro de esta etapa, se encuentra prevista la planeación en donde se debe establecer claramente cuál es la necesidad que la entidad pretende satisfacer.
CONTRACTUAL: Una vez surtido el proceso de selección, el Ministerio del Trabajo, elaborará la minuta del contrato. El contrato se perfecciona con la firma de las partes, es importante señalar que el mismo se debe elevar a escrito y debe ser firmado por parte de la Entidad por la Ordenadora del Gasto y por el contratista el Representante legal, o su delegado o apoderado, si se trata de persona jurídica o por la persona natural que demuestra la capacidad para obligarse.
POST CONTRACTUAL: Esta etapa inicia con la terminación del contrato y culmina una vez se haya realizado la liquidación del mismo.

Concepto de licitación pública


La licitación pública es un procedimiento administrativo de preparación de la voluntad contractual, por el que un ente público en ejercicio de la función administrativa invita a los interesados para que, sujetándose a las bases fijadas en el pliego de condiciones, formulen propuestas de entre las cuales seleccionara la más conveniente. 
Cuando es necesario comprar, arrendar bienes y servicios o contratar obra pública, existen leyes que obligan a los entes gubernamentales a seguir un proceso legalmente definido por el derecho administrativo.
Además de las licitaciones públicas están las siguientes modalidades de contratación: Concurso de méritos, Selección abreviada, Contratación directa y mínima cuantía. 



Diagrama de flujo estándar de un procedimiento de contratación pública.



Conclusiones

En conclusión la contratación pública está estructurada hacia la ejecución de un proceso en donde debe regir la transparencia así logrando que en  la ejecución ninguna de las  partes cometa actos que vayan en detrimento de la ética y la justa competencia para que el contrato realizado se lleve a cabo correctamente


Bibliografía


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