Concepto contratación pública y diferencia con la contratación privada.
La Contratación Estatal se
encuentra regulada por el Estatuto General de la Contratación Estatal - Ley 80
de 1993 - el cual se encuentra reglamentado y complementado por la Ley 1150 de
2007, las Leyes 1437 y 1474 de 2011 y los Decretos 19 y 734 de 2012. Es
importante resaltar que, desde la elaboración de los documentos que contienen
las condiciones que exige el Estado a los proponentes hasta la liquidación de
un contrato celebrado con el Estado, no son simples reglas las que desarrollan
todo lo relacionado con la contratación estatal, sino que se encuentran
revestidas de importantes principios que irradian todo el régimen.
Se denominan entidades estatales:
a) La Nación, las regiones, los
departamentos, las provincias, el Distrito Capital y los distritos especiales,
las áreas metropolitanas, las asociaciones de municipios, los territorios
indígenas y los municipios; los establecimientos públicos, las empresas
industriales y comerciales del Estado, las sociedades de economía mixta en las
que el Estado tenga participación superior al cincuenta por ciento (50%), así
como las entidades descentralizadas indirectas y las demás personas jurídicas
en las que exista dicha participación pública mayoritaria, cualquiera sea la
denominación que ellas adopten, en todos los órdenes y niveles.
b) El Senado de la República, la
Cámara de Representantes, el Consejo Superior de la Judicatura, la Fiscalía
General de la Nación, la Contraloría General de la República, las contralorías
departamentales, distritales y municipales, la Procuraduría General de la
Nación, la Registraduría Nacional del Estado Civil, los ministerios, los
departamentos administrativos, las superintendencias, las unidades
administrativas especiales y, en general, los organismos o dependencias del
Estado a los que la ley otorgue capacidad para celebrar contratos.
A diferencia de la contratación
privada en donde la contratación se hace de forma directa y privada en la contratación
pública se está obligado a contratar mediante una licitación pública y estar
registrados en el Registro Único de Proponente (RUP)
Principios de la contratación pública
Las actuaciones de quienes intervengan en la contratación estatal se desarrollarán con arreglo a los principios de transparencia, economía y responsabilidad y de conformidad con los postulados que rigen la función administrativa. Igualmente, se aplicarán en las mismas las normas que regulan la conducta de los servidores públicos, las reglas de interpretación de la contratación, los principios generales del derecho y los particulares del derecho administrativo
Debe estar regida por los siguientes principios
Principio de publicidad o transparencia
Principio de economía
Principio de responsabilidad
Principio de igualdad
Principio de moralidad
Principio de eficacia
Principio de celeridad
Principio de imparcialidad
Principio de buena fe
Principio de legalidad
Inhabilidad.
Las inhabilidades son de orden
Constitucional y legal, ellas implican: incapacidad, ineptitud o impedimento
para el desempeño de un empleo, imposibilitan el ejercicio de las funciones.
El régimen de inhabilidades para
contratar con el Estado, es entendido como el sistema de valores, principios y
normas que, en aras de proteger la moralidad administrativa, la transparencia
de la función administrativa, el buen nombre de la administración y garantizar
la idoneidad, probidad, imparcialidad y eficacia de las actividades estatales.
Incompatibilidad
Las incompatibilidades se
refieren a la exclusión natural, legal o reglamentaria de una cosa a causa de
otra, esa contradicción, antagonismo, cohabitación o convivencia imposible; en
materia laboral se traduce en la incapacidad para ejercer un cargo, en el
impedimento, prohibición o tacha legal para desempeñar al mismo tiempo dos
empleos o funciones, la imposible simultaneidad para ostentar al tiempo dos
calidades, o un cargo directivo y una participación en ciertas sociedades, la
intervención en determinados asuntos, la gestión de asuntos ante determinados
entes, la elección no permitida por la ley, la participación en subastas bajo
la dependencia del mismo sujeto, la interdicción de funciones entre otras.
Conflicto de intereses
Toda situación o evento en que
los intereses personales, directos o indirectos, de los servidores de la
entidad, se encuentren en oposición con los de la entidad interfieran con los
deberes que le competen a ella, o lo lleven a actuar en su desempeño por
motivaciones diferentes al recto y real cumplimiento de sus responsabilidades.
Etapas de un proceso de Contratación en las entidades del Estado.
ETAPA PREVIA: es el período en el cual la entidad estatal
manifiesta su intención de desarrollar un proceso de selección que derivará en
la celebración de uno o más contratos para cumplir con alguna finalidad estatal
PRE CONTRACTUAL: La etapa pre contractual, inicia con la
elaboración del estudio previo y termina con la adjudicación del proceso de
contratación.
Dentro de esta etapa, se
encuentra prevista la planeación en donde se debe establecer claramente cuál es
la necesidad que la entidad pretende satisfacer.
CONTRACTUAL: Una vez surtido el proceso de selección, el Ministerio
del Trabajo, elaborará la minuta del contrato. El contrato se perfecciona con
la firma de las partes, es importante señalar que el mismo se debe elevar a
escrito y debe ser firmado por parte de la Entidad por la Ordenadora del Gasto
y por el contratista el Representante legal, o su delegado o apoderado, si se
trata de persona jurídica o por la persona natural que demuestra la capacidad
para obligarse.
POST CONTRACTUAL: Esta etapa inicia con la terminación del contrato
y culmina una vez se haya realizado la liquidación del mismo.
Concepto de licitación pública
La licitación pública es un
procedimiento administrativo de preparación de la voluntad contractual, por el
que un ente público en ejercicio de la función administrativa invita a los
interesados para que, sujetándose a las bases fijadas en el pliego de
condiciones, formulen propuestas de entre las cuales seleccionara la más
conveniente.
Cuando es necesario comprar,
arrendar bienes y servicios o contratar obra pública, existen leyes que obligan
a los entes gubernamentales a seguir un proceso legalmente definido por el
derecho administrativo.
Además de las licitaciones
públicas están las siguientes modalidades de contratación: Concurso de méritos,
Selección abreviada, Contratación directa y mínima cuantía.
Diagrama de flujo estándar de un procedimiento de contratación pública.
Conclusiones
En conclusión la contratación pública está estructurada hacia la ejecución de un proceso en donde debe regir la transparencia así logrando que en la ejecución ninguna de las partes cometa actos que vayan en detrimento de la ética y la justa competencia para que el contrato realizado se lleve a cabo correctamente







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